La Corte Suprema de Justicia de la provincia dispuso paralizar el inicio del debate oral y público que tenía como imputados a 19 referentes sociales por las manifestaciones populares denominadas “Jujeñazo”.
La resolución frena un cronograma de audiencias que estaba fijado para desarrollarse a lo largo de octubre y noviembre en jornadas de doble turno, otorgando un importante margen de maniobra a las partes involucradas.
La novedad fue dada a conocer por la abogada defensora Mariana Vargas, según explicó la letrada, el freno a las audiencias responde a las gestiones que la defensa venía manteniendo con la Fiscalía para acordar una resolución alternativa e integral al expediente, además de los diversos recursos interpuestos en el expediente. Desde el equipo legal que representa a los procesados manifestaron un profundo alivio ante este dictamen, señalando que alcanzar esta instancia era la meta principal tras años de desgaste procesal, emocional y económico para las familias de los involucrados.
El impacto más relevante de la suspensión radica en la extinción de varios de los cargos imputados por el paso del tiempo. De acuerdo con las declaraciones de Vargas, esta interrupción habilita la prescripción de dos figuras penales, de modo que la acusación queda drásticamente reducida y sólo subsisten los cargos por el delito de daños para un grupo acotado de manifestantes. Ante este nuevo panorama, la defensa catalogó lo sucedido como un logro fundamental para la protección del derecho a la protesta social en la región.
Mientras se aguarda la notificación formal de la Oficina de Gestión para dar de baja definitivamente el calendario de citaciones de las próximas semanas, la actividad en los tribunales continuará en otros frentes. Los expedientes paralelos que investigan los sucesos de represión institucional y los apremios ilegales cometidos contra los manifestantes —entre los que destacan las denuncias por lesiones oculares graves sufridas el 20 de junio— mantendrán su curso habitual a la espera de resoluciones sobre eventuales nulidades y las responsabilidades asignables al Estado provincial.
