Un tribunal de la provincia de Jujuy dictó sentencia este miércoles al término de la quinta y última jornada del juicio oral celebrado en la capital provincial, imponiendo una pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo a un reconocido empresario local.
El fallo lo declaró penalmente responsable de dos delitos de abuso sexual gravemente ultrajante en concurso real, con el agravante de haber sido cometidos bajo la condición de guarda. Como parte de las medidas dispuestas en el veredicto, los magistrados ordenaron la toma de una muestra de material genético al imputado para su posterior registro e incorporación en el banco de datos de agresores sexuales.
La condena impuesta resultó sensiblemente menor a las pretensiones punitivas expuestas durante la etapa de alegatos por las partes acusadoras. En dicho trámite, la abogada querellante, Patricia Tabera, había solicitado una sanción de 25 años de cárcel, mientras que la Fiscalía requirió una pena de 20 años. En esta instancia del proceso, la magistratura únicamente dio a conocer la parte resolutiva del fallo, por lo que las fundamentaciones y los criterios jurídicos adoptados para determinar tanto la responsabilidad del acusado como la cuantía de la pena impuesta serán notificados en forma digital a las partes en el transcurso de los próximos días.
Sobre la modalidad de ejecución de la condena, el tribunal determinó que la privación de la libertad deberá hacerse efectiva en una institución carcelaria provincial y no en la modalidad domiciliaria. Sin embargo, el encarcelamiento no se concretará de manera inmediata, ya que la resolución debe agotar los plazos legales correspondientes. Una vez que la querella, el Ministerio Público Fiscal y la defensa técnica reciban la notificación formal con los fundamentos completos, comenzará a correr el período procesal pertinente para que cualquiera de las partes involucradas pueda interponer los recursos de apelación que consideren oportunos ante las instancias superiores.
Desde la representación querellante, la letrada Tabera valoró el hecho de que la Justicia haya determinado la culpabilidad del acusado, aunque admitió que la magnitud de la pena genera un sentimiento agridulce en el entorno familiar de la víctima, al considerar que el daño causado es irreparable e inestimable en términos de tiempo de prisión o resarcimiento económico. Ante la marcada disparidad entre los 25 años requeridos por su parte y los 10 dictaminados por los jueces, la querella precisó que evaluará la estrategia a seguir y la posibilidad de apelar una vez que pueda estudiar en detalle los argumentos técnicos del tribunal. Para preservar la integridad de la víctima menor de edad, las autoridades y los medios locales resguardaron los datos filiatorios de los involucrados.
