Comenzó a regir en la provincia de Jujuy el nuevo marco legal de Régimen Penal Juvenil, una normativa sancionada y promulgada recientemente que sustituye el esquema fijado por la Ley 22.278.
Esta reforma modifica la estructura del juzgamiento de adolescentes comprendidos entre los 14 y los 18 años, habilitando la posibilidad de imputación desde los 14 años bajo el criterio de que a esa edad existe la capacidad de comprender la obligatoriedad de la norma y adecuar la conducta. La Jueza de Menores Pilar Medina profundizó en los alcances de la ley, precisando que el procesamiento de un menor no implica de manera directa el cumplimiento de una condena efectiva en prisión.
Una de las transformaciones sustanciales respecto al sistema anterior es que ahora la imputación podrá aplicarse a la totalidad de las tipificaciones delictivas, eliminando los límites basados en la escala penal del hecho investigado. No obstante, el enfoque principal de la legislación se centra en la justicia restaurativa, priorizando la formación pedagógica y el resarcimiento del daño por encima del castigo punitivo. De este modo, se busca que las consecuencias de los actos delictivos sirvan para la reinserción social del joven, reservando el alojamiento en establecimientos especializados o la prisión preventiva únicamente como último recurso ante delitos de extrema gravedad, tales como portación de armas, violaciones u homicidios.
Para afrontar este cambio normativo, el fuero judicial jujeño dispone de tres juzgados de menores en funcionamiento, junto con las fiscalías dedicadas a la materia dentro del Ministerio Público de la Acusación. Medina indicó que la provincia requerirá una adecuación edilicia para responder a los estándares exigidos, proceso que contará con financiamiento asignado desde la órbita nacional. Asimismo, la magistrada destacó que la norma fortalece las garantías procesales, asegurando la defensa técnica desde la etapa inicial, la asistencia de la Secretaría de Niñez y Adolescencia y un monitoreo continuo del caso, buscando superar las irregularidades del régimen previo, donde frecuentemente se concretaban demoras de menores sin la aplicación plena del debido proceso.
La puesta en marcha del sistema permitirá evaluar de manera progresiva el impacto de las herramientas de resocialización en el territorio provincial. Según lo expresado por la magistrada, el desempeño de la estructura judicial y la resolución de las eventuales dificultades logísticas u operativas que surjan en la práctica se analizarán con mayor precisión durante los primeros días de vigencia de la ley.
